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Calculadora de IVA

Escribe un importe, elige el tipo y verás a la vez la base imponible, la cuota de IVA y el total. La calculadora funciona en los dos sentidos: suma el IVA a un precio sin impuestos o desglosa el IVA que ya va incluido en un precio, y te avisa cuando el redondeo al céntimo ha cambiado el resultado.

España: 21 % general, 10 % reducido y 4 % superreducido (Ley 37/1992, arts. 90 y 91). En Canarias, Ceuta y Melilla no hay IVA, sino IGIC e IPSI.

Tipo de IVA
Total con IVA
121,00
100,00 + IVA del 21 % (21,00) = 121,00
100,00Base
21,00IVA
121,00Total

IVA = base × 21 ÷ 100

Base: 100,00IVA 21 %: 21,00= Total: 121,00
La barra es el importe total: la primera parte es la base imponible; la segunda, el IVA.

Lo que introduces se queda solo en este navegador y nunca nos llega.

Esta calculadora es una ayuda para hacer cuentas y no constituye asesoramiento fiscal. Los tipos se comprobaron en octubre de 2026 y pueden cambiar: confirma el tipo que corresponde a tus productos o servicios con la Agencia Tributaria o con tu asesoría.

Cómo se usa

  1. Elige sumar o quitar el IVA. Usa «Añadir IVA» cuando conoces el precio sin impuestos, por ejemplo en un presupuesto o en una factura. Usa «Quitar IVA» cuando conoces lo que has pagado, por ejemplo en un ticket, y quieres saber la base imponible.
  2. Elige el país y el tipo. En español la calculadora se abre con los tipos de España: 21 % general, 10 % reducido y 4 % superreducido. Cambia de país para ver los tipos de otros ocho países europeos o pulsa «Otro tipo» para escribir cualquier valor.
  3. Escribe el importe y copia el resultado. La base, la cuota y el total se actualizan mientras escribes. «Copiar resultado» guarda la frase completa en el portapapeles, lista para pegarla en un correo o en el borrador de una factura.

Cómo sumar y quitar el IVA

El IVA es un porcentaje de la base imponible, es decir, del precio sin impuestos. Para calcular la cuota, multiplica la base por el tipo; para obtener el total, multiplica la base por 1 más el tipo. Quitar el IVA es la misma relación leída al revés: divide el total entre 1 más el tipo y obtienes la base.

ConocesQuieresFórmula (tipo t en %)
Base imponibleCuota de IVAbase × t ÷ 100
Base imponibleTotal con IVAbase × (1 + t ÷ 100)
Total con IVACuota de IVAtotal × t ÷ (100 + t)
Total con IVABase imponibletotal ÷ (1 + t ÷ 100)

Con el 21 %, para quitar el IVA se divide entre 1,21. El error más habitual es restar el 21 % al total: 60,00 € menos el 21 % da 47,40 €, pero la base real es 49,59 €, porque 49,59 € más el 21 % son 60,00 €. Dicho de otro modo, el IVA incluido en un precio al 21 % es 21/121 del total, no el 21 %. Al 10 % es 10/110 (una undécima parte) y al 4 %, 4/104 (una vigesimosexta parte).

Tipos de IVA incluidos

En España hay tres tipos de IVA. El general, del 21 %, se aplica a todo lo que la ley no rebaja expresamente (artículo 90 de la Ley 37/1992). Los tipos reducidos están en el artículo 91 y dependen del producto o del servicio, no de quién compra.

TipoPorcentajeEjemplos (Ley 37/1992, art. 91)
General21 %Ropa, electrónica, coches, servicios profesionales, telefonía y, en general, todo lo no rebajado
Reducido10 %Alimentos que no van al 4 % (no las bebidas alcohólicas ni los refrescos y zumos con azúcares o edulcorantes añadidos, que van al 21 %), transporte de viajeros, hostelería y restaurantes, viviendas (con hasta dos plazas de garaje y anexos)
Superreducido4 %Pan común, harinas panificables, leche, quesos, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales naturales, aceite de oliva, libros, periódicos y revistas, medicamentos de uso humano

La Agencia Tributaria recuerda además que a determinadas operaciones se les aplica el 0 %. En Canarias, Ceuta y Melilla no se aplica el IVA, sino sus propios impuestos (IGIC en Canarias, IPSI en Ceuta y Melilla): para esos territorios, comprueba el tipo vigente y escríbelo con «Otro tipo».

La calculadora incluye también los tipos de otros ocho países europeos, por si facturas a clientes de fuera o compras en el extranjero. Los tipos cambian por ley, así que también acepta cualquier otro valor.

PaísGeneralReducidosNotas
España21 %10 %, 4 %No se aplica en Canarias, Ceuta ni Melilla, que tienen sus propios impuestos (IGIC, IPSI)
Italia22 %10 %, 5 %, 4 %El 4 % se aplica a alimentos básicos, primera vivienda, periódicos y libros
Rumanía21 %11 %En vigor desde el 1 de agosto de 2025; antes los tipos eran 19 %, 9 % y 5 %
Reino Unido20 %5 %Existe también el tipo cero (0 %), por ejemplo en la mayoría de los alimentos y la ropa infantil
Alemania19 %7 %Desde el 1 de enero de 2026 las comidas en restaurantes van al 7 %; las bebidas siguen al 19 %
Francia20 %10 %, 5,5 %, 2,1 %Francia continental; Córcega y los departamentos de ultramar tienen tipos propios
Portugal23 %13 %, 6 %Portugal continental; Azores y Madeira tienen tipos más bajos
Polonia23 %8 %, 5 %El 5 % se aplica a la mayoría de los alimentos básicos y el 8 %, por ejemplo, a muchos servicios y a la vivienda nueva
Países Bajos21 %9 %Desde el 1 de enero de 2026 el alojamiento hotelero va al 21 %; alimentos y campings siguen al 9 %

El tipo depende de lo que vendes y, a veces, de a quién y dónde, no solo del país. Antes de emitir una factura, comprueba el tipo de tu producto o servicio en la información oficial de la Agencia Tributaria o con tu asesoría.

Redondeo: por qué los céntimos a veces no cuadran

El dinero tiene dos decimales, pero el cálculo del IVA suele dar más. La calculadora trabaja internamente en céntimos enteros, con aritmética exacta, así que no hay errores de coma flotante. Después redondea la cuota al céntimo más próximo (medio céntimo exacto se redondea hacia arriba) y obtiene el otro importe a partir de ella, de modo que base + IVA = total siempre.

El Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012) no fija un método de redondeo, pero sí exige que la factura completa indique el tipo aplicado y la cuota por separado (artículo 6.1, letras g y h). En la factura simplificada, el ticket de toda la vida, basta con indicar el tipo y, si se quiere, la expresión «IVA incluido» (artículo 7.1.f). Redondear línea a línea en una factura larga puede dar unos céntimos de diferencia respecto a redondear el total: por eso la calculadora redondea una sola vez, sobre la cuota del importe que escribes.

Un precio en el que el redondeo cuenta

49,99 € más el 21 %: la cuota exacta es 10,4979, que se redondea a 10,50 €. El total es 60,49 €.

Cuando el redondeo cambia la cuota, la calculadora muestra la cifra sin redondear debajo del resultado, para que veas qué ha pasado.

Ejemplos resueltos

Presupuesto de 1250 € más IVA al 21 %

IVA = 1250 × 21 ÷ 100 = 262,50 €; total a pagar 1512,50 €.

Ticket de 60 € con IVA incluido al 21 %

Base = 60 ÷ 1,21 = 49,586777. La cuota, 10,413223, se redondea a 10,41 €, así que la base es 49,59 €.

Cuenta de restaurante de 87,50 € al 10 %

La hostelería tributa al 10 %. Base = 87,50 ÷ 1,10 = 79,545455; la cuota, 7,954545, se redondea a 7,95 € y la base queda en 79,55 €.

Compra de 15,60 € en pan, leche y fruta al 4 %

Base = 15,60 ÷ 1,04 = 15,00 €; IVA incluido 0,60 €.

Factura a un comercio en recargo de equivalencia

Un mayorista vende a una tienda minorista por 500 € de base. Al IVA del 21 % (105,00 €) se suma el recargo de equivalencia del 5,2 % (artículo 161 de la Ley 37/1992): con «Otro tipo» y 5,2, el recargo es 26,00 € y la factura suma 631,00 €. Para el 10 % y el 4 % el recargo es del 1,4 % y del 0,5 %.

Factura italiana de 100 € con IVA del 22 % incluido

IVA = 100 × 22 ÷ 122 = 18,032787, redondeado a 18,03 €; base 81,97 €.

Precio portugués de 250 € más IVA del 23 %

IVA = 57,50 €; total 307,50 €.

Fuentes

  • España: Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, artículos 90 (tipo general), 91 (tipos reducidos) y 161 (recargo de equivalencia), texto consolidado del BOE (BOE-A-1992-28740). Verificado el 22/10/2026.
  • España: Agencia Tributaria, «Tipos impositivos de IVA» (página actualizada el 13 de octubre de 2026). Verificado el 22/10/2026.
  • España: Real Decreto 1619/2012, Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, artículos 6 y 7 (BOE-A-2012-14696). Verificado el 22/10/2026.
  • Italia: Decreto del Presidente de la República (DPR) 633/1972, artículo 16 y tabla A.
  • Rumanía: Código Fiscal (Ley 227/2015), artículo 291, modificado por la Ley 141/2025.
  • Reino Unido: GOV.UK, «VAT rates on different goods and services» (actualizada el 10 de julio de 2026).
  • Alemania: Umsatzsteuergesetz (UStG), § 12, apartados 1 y 2, incluido el número 15 sobre la restauración.
  • Francia: Code général des impôts, artículo 278 (tipo general) y artículos 278-0 bis a 281 nonies (tipos reducidos).
  • Portugal: Código do IVA, artículo 18; Portal das Finanças.
  • Polonia: Ley del IVA de 11 de marzo de 2004 (ustawa o podatku od towarów i usług), artículos 41 y 146ef.
  • Países Bajos: Wet op de omzetbelasting 1968, artículo 9; Belastingdienst, «Btw-tarief logies» (21 % desde el 1 de enero de 2026).
  • Marco europeo: Directiva 2006/112/CE del Consejo, relativa al sistema común del IVA, artículos 96 a 99 (tipos general y reducidos); contrastado con la Comisión Europea, Tu Europa, «Tipos del IVA».

Tipos de España verificados el 22/10/2026 en el BOE y en la Agencia Tributaria; los de Italia, Rumanía y Reino Unido, comprobados el 14/10/2026, y los demás países, el 22/10/2026. Los ejemplos de esta página se calculan con el mismo código que la calculadora.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el IVA de un precio?
Multiplica la base imponible por el tipo y divide entre 100. Para tener el total, multiplica la base por 1,21 (al 21 %). Una base de 1250 € lleva 262,50 € de IVA y queda en 1512,50 €.
¿Cómo se quita el IVA de un precio?
Divide el precio con IVA entre 1 más el tipo: entre 1,21 al 21 %, entre 1,10 al 10 % y entre 1,04 al 4 %. Un ticket de 60 € al 21 % tiene una base de 49,59 € y 10,41 € de IVA.
¿Por qué no basta con restar el 21 % al precio final?
Porque el 21 % se calcula sobre la base, que es menor que el total. El IVA incluido en un precio al 21 % es 21/121 del total, un poco más del 17,35 %. Restar el 21 % da una base demasiado baja.
¿Qué tipos de IVA hay en España?
El general del 21 %, el reducido del 10 % (por ejemplo, hostelería, transporte de viajeros y vivienda) y el superreducido del 4 % (pan, leche, huevos, fruta y verdura, aceite de oliva, libros, medicamentos). Fuentes: Ley 37/1992, artículos 90 y 91, y Agencia Tributaria, verificado el 22/10/2026.
¿Cómo se calcula el recargo de equivalencia?
Se suma al IVA en las ventas a comerciantes minoristas acogidos a este régimen: 5,2 % para productos al 21 %, 1,4 % para los del 10 % y 0,5 % para los del 4 % (1,75 % en el tabaco). Calcula el IVA con su tipo y, aparte, el recargo con «Otro tipo» sobre la misma base.
¿Sirve para Canarias, Ceuta o Melilla?
Allí no se aplica el IVA, sino el IGIC (Canarias) o el IPSI (Ceuta y Melilla). La fórmula es la misma: comprueba el tipo vigente en la administración tributaria correspondiente y escríbelo con «Otro tipo».
¿Cómo se redondea el IVA?
La calculadora redondea la cuota al céntimo más próximo, con el medio céntimo hacia arriba, y obtiene el otro importe para que base más IVA dé siempre el total. El Reglamento de facturación no impone un método concreto, pero la factura debe mostrar tipo y cuota por separado.
¿Puedo usar un tipo que no está en la lista?
Sí. Pulsa «Otro tipo» y escribe cualquier valor entre 0 y 100, con hasta dos decimales. Sirve para el recargo de equivalencia, para otros países o para tipos antiguos.
¿El resultado vale para mi declaración?
El cálculo es correcto, pero qué tipo corresponde a tus productos o servicios y cómo debes facturar dependen de la normativa. Si tienes dudas, consulta a la Agencia Tributaria o a tu asesoría.

Última actualización: miércoles, 14 de octubre de 2026